Sobres de elecciones

Así puedes solicitar el voto por correo para las elecciones del 23 de julio

Hacer trámites online es cada vez más común... Pero votar aún no podemos. La solución es hacerlo por Correo. Aquí te explicamos cómo pedir el voto por correo para las elecciones del 23 de julio.

Hacer trámites online es cada vez más común… Pero votar aún no podemos. La solución es hacerlo por Correo. Aquí te explicamos cómo pedir el voto por correo para las elecciones del 23 de julio.

Y es que tras el reciente descalabro sufrido en las Municipales por el PSOE, para beneficio de PP y VOX, el actual presidente Pedro Sanchez ha convocado elecciones generales. Así lo refleja el Boletín Oficial del Estado (BOE), donde se ha publicado la convocatoria para el domingo 23 de julio. Como a muchos la votación les va a pillar durante sus vacaciones de verano, podrán solicitar sin problema el voto por correo.

En las elecciones del 28 de mayo más de 984.000 personas expresaron su elección por correo, una opción perfecta siempre que la solicitud se haga con antelación. Veamos en este post cómo puedes solicitar el voto por correo para las elecciones del 23 de julio y ejercer tu derecho aunque estés de veraneo.

¿Cómo solicitar el voto por correo paso a paso?

Lo primero que tienes que saber es que los residentes en España pueden hacer la solicitud desde el 30 de mayo y hasta el 13 de julio. Es importante tener claro que después de solicitar el voto por correo y que se procese la solicitud no podrás votar de forma presencial.

De manera que solicitar el voto por correo para las próximas elecciones es la mejor alternativa para los que se encuentren de vacaciones. Ahora bien, esta opción no exime de la responsabilidad legal de ser parte de la mesa electoral. A continuación describimos los pasos que debes seguir para poder solicitar el voto por correo.

Paso uno: solicitar el voto por correo formalmente

Es posible solicitar el voto por correo de forma presencial o de manera telemática (ideal para los que están en el extranjero), ambas en las oficinas de Correos. Si vas a solicitar el voto por correo de forma presencial, tendrás que asistir a cualquier oficina de Correos con uno de estos documentos:

  • DNI.
  • Pasaporte.
  • O el carnet de conducir original.

En caso de que quieras solicitar el voto por correo de forma telemática, tienes que dirigirte a la página web Correos y deberás identificarte con:

  • El DNI electrónico.
  • Un certificado digital válido.

Paso dos: recibir por correo postal las papeletas de votación

Después de realizada la petición por alguno de los dos medios, la oficina de Correos la enviará a la Oficina del Censo Electoral para revisión. Una vez aprobada, la oficina de Censo Electoral expedirá un certificado de inscripción en el censo electoral del solicitante, confirmando que votará por correo.

Después, la oficina electoral realizará la entrega personal de una serie de documentos necesarios en el lugar de residencia de ciudadano mediante “correo certificado”. Estos son: papeletas, sobres, certificado del censo, sobre con la dirección de la mesa en la que debe introducir su voto y el certificado, además de instrucciones.

Como la entrega de los documentos para el voto por correo es de manera presencial, el ciudadano interesado tendrá que firmar la recepción, identificándose previamente. Si no está en su lugar de residencia cuando hagan la entrega, tendrá que retirar la documentación en la oficina de Correos correspondiente, previa identificación.

Tercer paso: emitir el voto por correo

Hasta el 13 julio el ciudadano deberá dirigirse a cualquier oficina de Correos del país con el sobre que le entregaron. Recuerda que este tiene la dirección de la mesa electoral y es ahí donde se remitirá el voto por correo certificado.

En el caso de los españoles que viven en el extranjero, la Oficina del Censo Electoral les remitirá toda la documentación y papeletas. Al votar por correo tendrán que meter la papeleta dentro del sobre de votación, que a su vez estará en otro sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial. Será necesario que se envíe también el certificado de inscripción en el censo, fotocopia del DNI, del pasaporte, o una certificación de nacionalidad para poder identificarse.

De todas formas, aquellos que se encuentren en el extranjero también podrán depositar su voto en las urnas de las embajadas o consulados hasta el 20 de julio.

Periodista de tecnología.

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